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Facturación electrónica y Verifactu

Verifactu: cuándo es obligatorio de verdad (la fecha que ya es ley y la que todavía no)

Verifactu es ley desde 2027 (RD-ley 15/2025). El aplazamiento a 2028 lo anunció Hacienda pero aún no está en el BOE. Fechas exactas y cómo prepararte.

Equipo editorial de Kangaroo ERP19 de octubre de 20265 min de lecturaRevisado por el equipo de Calidad
Verifactu: cuándo es obligatorio de verdad (la fecha que ya es ley y la que todavía no)
En resumenPor ley (Real Decreto-ley 15/2025), Verifactu es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para autónomos en estimación directa o módulos. El aplazamiento a octubre de 2028 lo anunció Hacienda el 5 de octubre de 2026, pero a día de hoy no está publicado en el BOE.

Qué es Verifactu, en una frase

Verifactu es el sistema de facturación verificable de la Agencia Tributaria: obliga a que el programa con el que factura una empresa o un autónomo genere los registros de forma trazable e inalterable, y permite enviar esos registros a Hacienda de forma voluntaria u obligatoria según el tipo de software. No es una factura electrónica nueva ni un trámite puntual: es un requisito técnico que tiene que cumplir el programa de facturación que use, todos los días.

Guía rápida: Qué es Verifactu, en una frase · La fecha que ya es ley (Real Decreto-ley 15/2025) · El aplazamiento a octubre de 2028: qué es cierto y qué no · ¿A quién afecta cada fecha? (tabla por tipo de contribuyente) · Qué tiene que cumplir tu programa de facturación · Qué pasa si no cumples el plazo

La fecha que ya es ley (Real Decreto-ley 15/2025)

La norma en vigor hoy, publicada en el BOE, es el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que modificó el calendario original del Real Decreto 1007/2023. Mientras no se publique otra norma que lo cambie, estas son las fechas legales:

1 de enero de 2027: sociedades

Las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades tienen que usar un sistema informático de facturación adaptado a Verifactu desde el 1 de enero de 2027. Esto incluye a cualquier SL, con independencia de su facturación.

1 de julio de 2027: autónomos en estimación directa y módulos

El resto de contribuyentes obligados —fundamentalmente autónomos en estimación directa (normal o simplificada) y en módulos (estimación objetiva)— tienen hasta el 1 de julio de 2027 para adaptar su programa de facturación.

Estas dos fechas son, hoy, las únicas que tienen respaldo en el BOE. Cualquier otra fecha que lea sobre Verifactu es, de momento, un anuncio.

El aplazamiento a octubre de 2028: qué es cierto y qué no

Qué anunció Hacienda el 5 de octubre de 2026

El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda hizo público, mediante nota informativa, que tiene previsto aplazar la obligación hasta octubre de 2028, unificando en una sola fecha lo que hasta ahora eran dos calendarios distintos (enero y julio de 2027). El objetivo declarado es sincronizar Verifactu con la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria B2B para empresarios y profesionales con un volumen de operaciones de hasta ocho millones de euros.

Un anuncio de Hacienda no cambia una ley. Para que octubre de 2028 sustituya a las fechas de 2027 tiene que tramitarse y publicarse una nueva norma en el BOE, igual que ocurrió con el Real Decreto-ley 15/2025. A fecha de publicación de este artículo, esa norma no existe: las fechas vigentes siguen siendo el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. Varios medios del sector ya presentan octubre de 2028 como un hecho cerrado; no lo es todavía. Si usted gestiona la facturación de su negocio o de clientes, planifique sobre la fecha que es ley, no sobre el anuncio, y actualice el plan si la norma cambia.

¿A quién afecta cada fecha? (tabla por tipo de contribuyente)

Tipo de contribuyenteFecha legal vigente (BOE)NormaAplazamiento anunciado (no en BOE)
Sociedades (SL, SA) sujetas al Impuesto sobre Sociedades1 de enero de 2027RD-ley 15/2025Octubre de 2028 (anuncio Hacienda, 5-10-2026)
Autónomos en estimación directa (normal o simplificada)1 de julio de 2027RD-ley 15/2025Octubre de 2028 (anuncio Hacienda, 5-10-2026)
Autónomos en módulos (estimación objetiva)1 de julio de 2027RD-ley 15/2025Octubre de 2028 (anuncio Hacienda, 5-10-2026)
Resto de profesionales obligados1 de julio de 2027RD-ley 15/2025Octubre de 2028 (anuncio Hacienda, 5-10-2026)

Dicho de otra forma: si su empresa es una SL, la fecha que debe tener en el calendario hoy es enero de 2027. Si es autónomo, en estimación directa o en módulos, es julio de 2027. El resto es un anuncio que puede confirmarse, modificarse o retrasarse más.

Qué tiene que cumplir tu programa de facturación

Trazabilidad e inalterabilidad

El sistema informático de facturación tiene que generar cada factura con un registro que no se pueda modificar ni borrar después de emitido, y que quede encadenado con el resto de facturas emitidas (cada registro referencia al anterior). Esto descarta hojas de cálculo y programas que permiten editar o eliminar facturas ya emitidas sin dejar rastro.

El QR y el texto VERI*FACTU

Las facturas emitidas con un sistema que remite los registros a la Agencia Tributaria en el momento de la emisión (sistema Verifactu) deben incluir un código QR y la expresión «VERI*FACTU» impresa en el documento. Si el sistema no remite los registros en el momento (no-Verifactu), el QR y la leyenda no aplican de la misma forma, pero igualmente debe cumplir los requisitos de trazabilidad e inalterabilidad y conservar los registros disponibles para la AEAT. Puede consultar el detalle técnico completo en la documentación oficial de la Agencia Tributaria.

Qué pasa si no cumples el plazo

El Real Decreto 1007/2023 y su desarrollo contemplan sanciones tanto para quien use o fabrique software de facturación que no cumpla los requisitos técnicos como, en determinados supuestos, para el obligado tributario que lo utilice sabiendo que no cumple. El importe exacto de cada sanción depende del caso y de la norma de desarrollo vigente en el momento de la infracción: no vamos a darle aquí una cifra genérica porque depende de circunstancias concretas que debe valorar con su asesoría fiscal. Lo que sí es seguro es que seguir facturando después de la fecha obligatoria con un programa no adaptado es una infracción, no un simple retraso administrativo.

Cómo prepararte sin esperar al último trimestre

Cambiar de programa de facturación en las últimas semanas antes de una fecha límite es la forma más segura de arrastrar errores a la contabilidad y al modelo 303 del trimestre siguiente. Conviene hacerlo con margen:

Kangaroo ERP es un software de facturación y contabilidad pensado para autónomos y SL en España, con los módulos de Facturación, Contabilidad, Fiscal y Laboral integrados, y preparado para los requisitos técnicos de Verifactu. Puede revisar los planes en la página de precios o empezar a facturar directamente.

Preguntas frecuentes

Resolvemos aquí las dudas más habituales sobre cuándo entra en vigor Verifactu.

No espere a que llegue la prisa

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Preguntas frecuentes

¿Verifactu es obligatorio ya en 2026?

No. En 2026 todavía no es obligatorio para ningún contribuyente. Las fechas legales vigentes, fijadas por el Real Decreto-ley 15/2025, son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de profesionales obligados.

¿Es verdad que Verifactu se aplaza a 2028?

Es verdad que Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 su intención de aplazarlo hasta octubre de 2028. No es verdad, todavía, que esa sea la fecha legal: a día de hoy no existe ninguna norma publicada en el BOE que sustituya las fechas de 2027. Hasta que se publique, debe planificar sobre 2027.

¿Qué pasa si mi programa de facturación no es compatible con Verifactu?

A partir de la fecha obligatoria que le corresponda (enero o julio de 2027, según sea sociedad o autónomo), usar un sistema que no cumpla los requisitos técnicos de trazabilidad, inalterabilidad y conservación de registros constituye una infracción, con sanciones previstas tanto para el fabricante del software como, en ciertos casos, para quien lo use. Conviene verificar con su proveedor si su programa está adaptado y con su asesoría fiscal el régimen sancionador aplicable a su caso.

¿Verifactu afecta a autónomos en módulos?

Sí. Los autónomos en estimación objetiva (módulos) están incluidos en el grupo que tiene como fecha legal el 1 de julio de 2027, la misma que los autónomos en estimación directa y el resto de profesionales obligados.

Fuentes

Contenido informativo. No sustituye al asesoramiento profesional sobre tu caso concreto.

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